El Consell regula los servicios de comunicación audiovisual, asignatura pendiente desde 2010
- El decreto estaba sin actualizar desde hace 7 años por la parálisis del anterior ejecutivo, y regularizará el funcionamiento de las emisoras municipales
Como dijo un dirigente político, peor que la corrupción es la no competencia profesional. Y, según aseguran desde el actual Consell, en la anterior legislatura hubo excesiva falta capacitación profesional entre los dirigentes del gobierno, dirigido por Alberto Fabra y José Ciscar. El último caso ha sido el decreto que debe regular los servicios de comunicación audiovisual en la Comunitat Valenciana, aunque, según la portavoz del Consell, “no será el último, pues, cada día aparecen sorpresas y temas pendientes”
Dicho decreto, aprobado por el Consell este viernes, según explicó la portavoz del ejecutivo, Mónica Oltra, “estaba pendiente de actualización desde el año 2010, con la aprobación de la la Ley 7/2010 General de la Comunicación Audiovisual que obligaba a una revisión completa de la normativa reglamentarias actualmente vigentes, y que, como en tantas otras cosas, estaba sin hacer”.
De hecho, el decreto aprobado hoy sustituye a los decretos de 2009, por el que se regula el Registro de Concesionarios de Radio y Televisión de la Comunitat Valenciana, que nunca entró en funcionamiento, y el decreto de 1998 sobre el régimen de concesión de emisoras de frecuencia modulada, y supondrá, según la portavoz, “la reordenación por parte del Consell del Botànic del sistema audiovisual valenciano”.
De hecho, uno de los elementos más urgentes de ordenar será el ámbito radiofónico, donde existen numerosas emisoras comerciales en situación irregular al emitir sin licencia en franjas reservadas para servicios públicos como la banda de frecuencia del 107, destinada en toda España a las emisoras municipales.
El nuevo decreto, según señaló Oltra, “tratará de poner orden” en el sistema audiovisual valenciano, “y reguralizar todo lo que estaba pendiente y no se había hecho en estos últimos años habiendo recogido la experiencia y sugerencias de los actuales operadores respetando la legalidad vigente”.
Así, el nuevo regulará el régimen jurídico de la prestación de los servicios de comunicación audiovisual comerciales de titularidad privada; el régimen jurídico específico de la prestación de los servicios de comunicación audiovisual comunitarios sin ánimo de lucro; el régimen aplicable a los servicios públicos de comunicación audiovisual; el desarrollo del régimen de inspección de los servicios de comunicación audiovisual y del ejercicio de la potestad sancionadora.
Además, creará el Registro Autonómico de Prestadores de Servicios de Comunicación Audiovisual de la Comunitat Valenciana, su regulación de su organización y funcionamiento, que estaba pendiente legislar desde 2011, y supondrá la limpieza del dial radiofónico en la ámbito autonómico.
Radios municipales y comunitarias
Uno de los ámbitos más beneficiados del nuevo decreto será el de las emisoras municipales y comunitarias, a las que los anteriores gobiernos nunca le han dedicado los recursos y apoyo suficientes, según fuentes del actual ejecutivo. De hecho, de las 40 emisoras municipales que emiten en la actualidad, ninguna cuenta con licencia definitiva, ya que la Generalitat nunca otorgó ese papel, a pesar de que era competencia suya.
En el ámbito de las emisoras municipales, el decreto facilita su regularización, mediante un procedimiento de habilitación por parte de la autoridad audiovisual para la puesta en marcha de las mismas, regulando asimismo, aspectos como el control de la prestación, las formas de gestión de los servicios o las obligaciones de los prestadores públicos.
En este sentido, según ha averiguado Mediterráneo Press, se eliminan aquellos elementos, como la emisión simultáneo o en cadena, que dificultaba la puesta en marcha de licencias municipales, y se crean los instrumentos necesarios para potencia las emisiones municipales para que sean tan sencillas y económicas como tener un Boletín de Información Municipal (BIM) cuyo impacto y difusión es más reducido.
Igualmente, este decreto regula los servicios de comunicación audiovisual comunitarios concebidos únicamente sin finalidad comercial, cuya puesta en marcha está supeditada a la existencia de frecuencias disponibles o a la previa habilitación, por el órgano competente de la Administración General del Estado, de frecuencias específicas del dominio público radioeléctrico.
Emisoras comerciales
Este decreto también regula las condiciones para la prestación de los servicios de comunicación audiovisual de titularidad privada.
De acuerdo con el actual marco normativo, esta prestación está sujeta a una comunicación fehaciente y previa al inicio de la actividad ante el órgano competente en materia de comunicación audiovisual de la Generalitat, salvo en aquellos casos en los que el servicio de comunicación audiovisual se preste mediante ondas hertzianas terrestres, en cuyo caso, estará sujeta a la obtención de una licencia otorgada mediante concurso.
Además, se regula tanto el procedimiento de comunicación previa como el del concurso, así como los aspectos esenciales de las licencias y su vigencia, contenido, obligaciones de los titulares o la posibilidad de celebrar negocios jurídicos sobre las mismas. Asimismo, se establecen los mecanismos sancionadores para quienes emitan sin licencia.