El Gobierno aprueba un nuevo decreto para reformar de la estiba
El Consejo de Ministros ha aprobado un nuevo Real Decreto Ley por el que se modifica el régimen de los trabajadores para la prestación del servicio portuario de manipulación de mercancías, que cambia algunos aspectos del presentado el pasado 24 de febrero, a instancias de la Unión Europea. Con esta modificación se pretende cumpla con la normativa europea, a la que actualmente contraviene, y evitar así que el Tribunal Superior de Justicia de la UE imponga una multa a España.
En este sentido, según ha explicado ministro de Fomento, Íñigo de la Serna, durante la rueda de prensa posterior a la reunión, la nueva reforma, ha sido comunicada a la Comisión Europea que ha mostrado su conformidad con la regulación que contiene.
El Gobierno, según ha explicado, prevé someter el Decreto a la votación del Congreso para su convalidación el próximo jueves, 18 de mayo, dos meses después de que el pasado 16 de marzo el primer texto planteado sufriera un histórico rechazo. Asimismo, prevé presentar la próxima semana a la patronal, los sindicatos y grupos políticos para que aporten sus sugerencias, y en este último caso, lo ratifiquen en el Congreso de los Diputados.
De la Serna ha explicado que el texto ya recoge los acuerdos alcanzados entre la patronal y los sindicatos con la mediación del representante del Ejecutivo, Marcos Peña, y según ha explicado, “tiene por objeto el mantenimiento del empleo de los actuales trabajadores de la SAGEP, la mejora de la organización y productividad en el sector, y el establecimiento de un sistema de ayudas para los trabajadores de mayor edad que cumplan una serie de requisitos”.
Contenido Real Decreto
En el nuevo Real Decreto, según ha señalado el ministro, desaparece la obligación de que en los contratos laborales de carácter temporal cuya duración efectiva sea inferior a siete días se incremente la cuota empresarial por contingencias, lo que «puede despejar cualquier duda que hubiera sobre una merma en cuanto a la protección laboral»,
En lo que se refiere a la capacitación de los trabajadores, el nuevo texto establece que no es necesario disponer del título de Formación Profesional ya que no existe un título propio que se corresponda específicamente con la actividad de manipulación de mercancías. El certificado de profesionalidad recogido en el anterior Real Decreto Ley requerirá, según ha indicado el ministro, la realización de unas prácticas profesionales, no laborales, en instalaciones portuarias y será emitido por parte de un instituto oficial, como el SEPE. De hecho, ha aclarado que «existe un acceso libre a ese certificado de profesionalidad y a las prácticas correspondientes».
El ministro ha concretado que las prácticas profesionales alcanzarán las 660 horas. Al menos, el 75% se tiene que realizar en los puertos y para el 25% restante se podrá utilizar un simulador.
Íñigo de la Serna también ha destacado que los estibadores seguirán ocupándose de la tarea de embarque y desembarque de cualquier clase de vehículos sin matricular al entender que «la estiba ya no es un sector monopolístico» sino liberalizado. Cuando, de forma puntual, los estibadores sean insuficientes para realizar este trabajo, porque haya demandas superiores a las habituales, podrán recurrir a terceros.
Además, el nuevo Real Decreto contempla la posibilidad de que existan convenios puerto a puerto para que, en el marco de la negociación colectiva, los sindicatos y empresarios puedan abordar sus necesidades específicas.