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El Consell promoverá la movilidad laboral de las funcionarias víctimas de violencia de género

La adscripción al nuevo puesto de trabajo de la empleada víctima de violencia de género tendrá carácter provisional

Las empleadas públicas víctimas de violencia de género tenderá un tratamiento y atención especial en su entorno de trabajo. Así, lo ha anunciado la vicepresidenta y consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas, Mónica Oltra, y la titular de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas de la Generalitat, Gabriela Bravo, durante la  presentación de  la ‘Guía para Empleadas Públicas Víctimas de la Violencia de Género’, que recoge todas las medidas que el Consell pone a disposición de las mujeres que forman parte de las plantillas públicas en el caso de que padezcan los estragos de la violencia machista.  Entre ellas, un protocolo de movilidad para las empleadas públicas víctimas de violencia de género. como principal medida de apoyo.

Tanto la guía como el protocolo son fruto del II Plan de Igualdad de Mujeres y Hombres de la Administración de la Generalitat, aprobado por el Consell el 10 de marzo de 2017, según han explicado, incluye entre sus objetivos la atención a las situaciones de especial protección referidas a la violencia de género y al acoso sexual por razón de sexo.

En cuanto al protocolo, según Bravo, “hará posible que una trabajadora pública pueda trasladar su puesto de trabajo a otra localidad e incluso a otra administración cuando, como víctima de violencia de género, se vea obligada a abandonar su puesto de trabajo habitual para asegurar su protección o recibir asistencia integral”.

Dicho traslado se podrá efectuar una vez que se acredite la situación de violencia de género mediante cualquier resolución judicial o informe de la Físcalía que reconozca -aunque solo sea de manera indiciaria o incidental- la existencia de un acto de violencia sobre la mujer.

Bravo ha explicado que el cambio de lugar de trabajo no supondrá merma alguna en la remuneración salarial de la víctima respecto al puesto que ocupaba en su lugar de origen.

La Generalitat también reconoce el derecho al traslado laboral a aquellas empleadas y empleados públicos que tengan bajo su patria potestad, tutela o acogimiento a una menor o a una persona con discapacidad que tenga la condición de víctima de violencia de género y esa situación aconseje un cambio de localidad de la residencia familiar.

Además, se han adoptado los mecanismos necesarios para proteger la intimidad de las afectadas, de forma que no trascienda la existencia de una fórmula especial de movilidad o cualquier otro dato del que se deduzca la situación de víctima de violencia machista.

La adscripción al nuevo puesto de trabajo de la empleada víctima de violencia de género tendrá carácter provisional y en cualquier caso se mantendrá la reserva sobre el lugar de trabajo del que fuera titular con destino definitivo.

El traslado por violencia de género tendrá la consideración de traslado forzoso, por lo que los gastos e indemnizaciones que, en su caso, correspondan a la empleada pública serán a cargo de la conselleria u organismo de origen.

Con el objetivo de facilitar la movilidad interadministrativa, el pleno del Consell tiene previsto este viernes autorizar la firma de un convenio con la Federación Valenciana de Municipios y Provincias que permitirá que las empleadas publicas de cualquier administración valenciana obligadas por un supuesto de violencia machista a cambiar de puesto de trabajo tengan derecho al traslado a una plaza vacante en cualquiera de las restantes administraciones firmantes.