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El Consell licita un inventario de suelo urbanizable de la Comunitat Valenciana

Se pretende tener una información precisa y territorializada de la situación actual, a nivel supramunicipal

La Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio ha sacado a licitación la realización de un inventario del suelo urbanizable de la Comunitat Valenciana para «conocer con precisión el estado administrativo de los suelos clasificados como urbanizables en la Comunitat», así lo ha explicado el director general de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, Lluis Ferrando.

El presupuesto de licitación asciende a 71.000 euros y el plazo de ejecución está fijado en tres meses. Las empresas interesadas pueden presentar la documentación necesaria hasta el 20 de septiembre. Según ha destacado el director general, este inventario, permitirá conocer «de forma rigurosa la situación en que se encuentran determinados suelos» y así se podrán «realizar los análisis y estudios necesarios para poder adoptar las medidas oportunas y dar solución a determinadas cuestiones urbanísticas que hoy se encuentran atascadas».

Para Ferrando, este inventario es «un avance más del actual Gobierno valenciano y de la nueva política urbanística» porque permitirá a la Generalitat «tener una información precisa y territorializada de la situación actual, a nivel supramunicipal, y poder analizar los efectos de actuaciones pasadas que han generados graves efectos en nuestro territorio».

En este sentido, ha explicado que en la Comunitat existe «una gran superficie de terreno clasificado como suelo urbanizable en los respectivos instrumentos de planeamiento urbanístico municipal pero debido a la expansión urbana de la primera década de este siglo XXI, la situación de estos suelo urbanizables es muy variada, sin que con precisión se conozca cómo se encuentran».

Así, el director general ha añadido que existen «suelos urbanizables que fueron objeto de transformación urbanística y se convirtieron en suelos urbanos por ejecución de la urbanización, y hay suelos urbanizables que, a pesar de poder ser transformados a suelos urbanos, no han sido objeto de ninguna transformación urbanística y mantienen su clasificación de suelos urbanizables pero sin urbanizar».

«Además hay suelos urbanizables que, en mayor o menor grado, han comenzado su transformación urbanística que está sin completar y, en muchas ocasiones, sin previsión de finalizar, de tal forma que se encuentran en una situación intermedia, entre el suelo no urbanizado y el urbanizado».

Ante esta situación, el director general de Territorio ha recordado que la conselleria está tramitando la modificación de la Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje (LOTUP) «en la que se introducen nuevos mecanismos que permiten actuar en los casos de urbanizaciones sin acabar, en los llamados PAIs fantasma».

El anteproyecto de modificación de la Ley prevé diferentes soluciones para que actúen los ayuntamientos como la reversión de la reparcelación, también conocida como reparcelación inversa, a los efectos de posibilitar que los terrenos de determinadas actuaciones urbanísticas puedan volver al estado inicial antes de su programación urbanística. Para otros supuestos establece medidas que posibilitan la culminación de las actuaciones urbanísticas, especialmente las más avanzadas en las obras, mediante la flexibilización de plazos, el posible fraccionamiento de las actuaciones y la facilitación de la gestión urbanística directa por los ayuntamientos.