Comunicación

CSIF demanda a la empresa Mitjans de Comunicació (SAMC) por abuso de temporalidad y UGT pide la paralización de los procesos

Ambos sindicatos recuerdan la reciente sentencia del TJUE que sanciona el abuso de contratos temporales y pide su conversión en fijos

El sindicato CSIF ha interpuesto demanda en materia de reconocimiento de derecho contra la empresa pública S.A. Mitjans de Comunicació de la Comunitat Valenciana (SAMC). La central sindical denuncia el abuso de la temporalidad y pide la conversión de personal interino a fijo del afiliado del sindicato en cuyo nombre presenta la demanda. Además, exige la paralización de los procesos selectivos en los se encuentra incursa la totalidad de la plantilla.

La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) explica en su escrito, registrado esta semana ante el Juzgado de lo Social, que el demandante “viene prestando sus servicios profesionales desde abril de 2018 en virtud de contrato de interinidad en plaza vacante hasta la cobertura definitiva de la misma por el procedimiento selectivo correspondiente”.

El sindicato recalca en el documento que “la empresa pública demandada se constituyó por la Ley 6/2016, de 15 de julio, de la Generalitat Valenciana, como una entidad pública con personalidad jurídica propia. Su único socio es la Corporació Valenciana de Mitjans de Comunicació (CVMC), a través de la cual ejerce la función de servicio público de radiodifusión y televisión de ámbito autonómico cuyo titular es la Generalitat”.

CSIF continúa detallando que “tal como se ha venido manteniendo por diversas instancias judiciales, incluida la Sala Social del Tribunal Supremo, los contratos de interinidad como el que tiene suscrito el demandante incurren en abuso de temporalidad cuando exceden de los tres años de duración sin que las plazas hayan sido cubiertas de manera definitiva. En el caso que tratamos ni siquiera ha sido convocado el proceso selectivo oportuno”.

La central sindical hace hincapié, en este punto, en la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), del pasado 22 de febrero, que concluye que “a falta de medidas adecuadas en el derecho nacional para prevenir y, en su caso, sancionar los abusos derivados de la utilización de contratos temporales, la conversión de esos contratos temporales en contratos fijos puede constituir tal medida”.

El sindicato considera que la consecuencia de todos estos argumentos consiste en que “teniendo en consideración la preeminencia del Derecho de la Unión Europea, el demandante debe tener la consideración de personal laboral fijo en la empresa pública demandada”.

Abuso temporalidad

Para UGT en À Punt no tiene sentido celebrar pruebas selectivas cuando la práctica totalidad de la plantilla de À Punt supera los 5 años como interinos sin que se hayan puesto en marcha los procesos selectivos. Un caso flagrante de abuso en la temporalidad que permite la conversión de todos los contratos en esta situación de temporales a fijos tal y como han determinado el TJUE y los tribunales.

Desde el sindicato también se afirma que los procesos selectivos que ahora piden anular adolecen de vicio de nulidad por haberse superado el plazo para su ejecución previsto en la Ley de creación y en las Ofertas Públicas de Empleo de la CVMC y la SAMC.

UGT en À Punt presentó días antes de conocerse la resolución del TJUE una demanda judicial para el reconocimiento como fijos de aquellos trabajadores que hubieran superado los 3 años como temporales y por tanto su contratación estuviera en fraude de ley.

UGT considera que el TJUE sólo hace que abundar en los argumentos jurídicos que contiene su demanda y que es innecesario seguir con la judicialización de este asunto que inevitablemente pasará por la conversión en fijos de la gran mayoría de los contratos temporales de la CVMC.