La Primera Dama
El juez Juan Carlos Peinado ha retrasado la comparecencia de Begoña Gómez en el juzgado para que pueda acompañar a su marido, Pedro Sánchez, a la cumbre del G-20 en Brasil. Tanto la petición de la acusada como la concesión del juez se contradicen con el carácter privado del viaje de la señora Gómez, ya que ni tiene agenda pública, ni representa al Gobierno de España en el evento. La posposición de su comparecencia viene a ser un reconocimiento de la condición inexistente de Primera Dama, figura que se da en algunos países pero que no se corresponde al nuestro.
Aquí, en todo caso, la Primera Dama sería su majestad la reina, que sí tiene agenda pública y actúa en calidad de representante del país en no pocas ocasiones.
Sin embargo, la esposa del Presidente asume una condición representativa que no tiene, como se ha visto en el reciente viaje oficial a la India, donde sí ha ejercido un papel más allá del de simple consorte, con agenda propia y el boato correspondiente a un dignatario público.
No es de extrañar, entonces, que imbuida de su condición de Primera Dama no entienda la persecución judicial a que es sometida por los delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida e intrusismo profesional. Tampoco sorprende, por consiguiente, que se niegue a declarar ante la comisión de la Asamblea de Madrid y atribuya su imputación penal a “un objetivo político evidente”.
La pregunta que se debe hacer a la imputada no es, pues, la de su estatus jurídico, sino si habría tenido las mismas prebendas y privilegios de haber estado casada con el charcutero de la esquina y si hubiese podido influir en ese caso en la concesión de presuntos favores a diestra y a siniestra.