El Gobierno da margen hasta el 31 de marzo para certificar a cuántos menores extranjeros no acompañados están atendiendo
El ministro de Política Territorial, Ángel Víctor Torres, «todas las comunidades tienen igualdad con respecto a la capacidad ordinaria porque está basada en un criterio absolutamente objetivo como es la población».
El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto ley de medidas urgentes para garantizar el interés superior de la infancia y la adolescencia ante la situación que miles de niñas, niños y adolescentes migrantes no acompañados viven en determinados lugares.
El ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres, ha calificado el acuerdo de «hito en la defensa de los derechos humanos» y ha destacado que responde a una demanda histórica de los territorios frontera a los que llegan menores en pateras y cayucos. El ministro ha remarcado también el aval de la Abogacía del Estado respecto a la urgencia y la necesidad de la norma, así como la labor negociadora realizada en los últimos meses con el fin de garantizar los apoyos suficientes para que el Congreso de los Diputados convalide el texto.
En este sentido, el real decreto fija los criterios para determinar la capacidad ordinaria de los sistemas de acogida, que es el parámetro a partir del cual se calcula la sobreocupación. A su juicio, «todas las comunidades tienen igualdad con respecto a la capacidad ordinaria porque está basada en un criterio absolutamente objetivo como es la población». Así, ha anunciado que todas las comunidades tendrán hasta el 31 de marzo para certificar a cuántos menores extranjeros no acompañados están atendiendo; a partir del próximo año, la fecha se adelanta al 15 de enero.
De igual manera, ha recordado que, en algunos centros de menores, hay 300 personas en espacios habilitados para 20 y que se trata de niños o jóvenes que ni siquiera pueden ser escolarizados en condiciones dignas. «En este país fuimos capaces de acoger a decenas de miles de menores tras la invasión de Ucrania y un conflicto bélico. Son los mismos menores, tienen las mismas edades, lo único que les diferencia es el color de la piel», ha señalado. Ángel Víctor Torres ha reclamado que, en la convalidación de la norma, los partidos políticos demuestren sentido de Estado y defiendan «los derechos humanos, la dignidad y la igualdad».
«Es la primera vez que un Gobierno central, ante una competencia claramente autonómica, porque así ha quedado claro por el Tribunal Constitucional y otros órganos pertinentes, pone sobre la mesa una respuesta justa y equilibrada al fenómeno migratorio», ha sostenido.
Solidaridad equitativa en defensa del interés del menor
Ángel Víctor Torres ha defendido que la única solución definitiva y estructural para la acogida de niños, niñas y adolescentes migrantes no acompañados es modificar la Ley sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. Una reforma que viene acompañada -ha apuntado- de la consignación económica que necesita.
En concreto, el texto aprobado hoy modifica el artículo 35 de esa ley añadiéndole cuatro puntos. El 35 bis establece que la Conferencia Sectorial de Infancia y Adolescencia, donde están representadas las comunidades autónomas, mantiene su plena autonomía y puede adoptar sus propias decisiones sobre los aspectos recogidos en este artículo si las acuerda por unanimidad. Este punto indica, además, que la comunidad que cuente con una presencia de menores extranjeros no acompañados que triplique su capacidad ordinaria se encontrará en situación de contingencia migratoria, lo que trasladará al Gobierno para que active los mecanismos de reubicación.
Criterios para la distribución de los menores
El artículo 35 ter establece una serie de criterios -que pueden ser modificados también por unanimidad por la Conferencia Sectorial- para la distribución de los menores, como la población, la renta per cápita, la tasa de paro, el esfuerzo realizado anteriormente, el dimensionamiento estructural del sistema de plazas o la condición de ciudad fronteriza o de insularidad de cada territorio. Estos criterios se basan fundamentalmente en las conferencias sectoriales de los años 2022, 2023 y 2024.
La modificación legislativa regula, en el artículo 35 quater, cómo debe llevarse a cabo el registro del menor no acompañado, cuyos derechos deberán preservarse siempre. El ministro de Política Territorial y Memoria Democrática ha explicado que, cuando un menor llegue a una comunidad y esta se encuentre en situación de contingencia migratoria extraordinaria, el traslado a la comunidad de destino debe producirse en el plazo de 15 días desde que se complete el registro del menor.
Registro de la huella de carbono
De igual manera, el Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto por el que se crea el registro de huella de carbono, compensación y proyectos de absorción de dióxido de carbono y por el que se establece la obligación del cálculo de la huella de carbono y de la elaboración y publicación de planes de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero.
La vicepresidenta tercera y ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Sara Aagesen, ha destacado que con esta medida el Gobierno da «un paso adelante en la lucha contra el cambio climático, la sostenibilidad y la protección de nuestra sociedad y los ecosistemas».
La norma, según ha explicado Aagesen, obliga a calcular anualmente la huella de carbono y a establecer un plan de reducción de las emisiones dirigido a dos colectivos: las empresas y la administración. En concreto, empresas que formulen cuentas consolidadas y sociedades cuyo número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio sea superior a 500 y tengan condición de entidades de interés público, o bien cumplan la condición para ser considerada gran empresa. Estas empresas pueden inscribir su huella en el registro del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico de forma voluntaria y están obligadas a publicitar esa información y su plan de reducción de emisiones.
En el caso del sector público, los departamentos ministeriales de la Administración General del Estado, sus organismos autónomos, las entidades gestoras y los servicios comunes de la Seguridad social y otras entidades deberán calcular de manera anual la huella de carbono de su organización y tienen la obligación de inscribirla en el registro.
«Medir la huella de carbono nos permite identificar y reducir las emisiones, mejorar los procesos productivos, ser más eficientes, ser más competitivos, impulsar la innovación y ser menos dependientes de los combustibles fósiles», ha subrayado la ministra.
La norma aprobada hoy también fomenta la coordinación entre los esquemas de huella de carbono existentes y mejora la trazabilidad de las unidades de absorción.
De igual manera, ha incidido en que los planes de reducción de emisiones tienen que ser ambiciosos y realistas y estar alineados con la neutralidad climática y con los objetivos definidos en el Pacto Verde europeo: «Deben contemplar, como mínimo, un objetivo cuantificado de reducción de emisiones en un periodo de cinco años y medidas concretas para conseguirlo. Deben ser compatible con una economía sostenible en consonancia con el acuerdo de París».
La medida es un activo en el cambio climático porque el cambio climático, ha subrayado Aagesen, es una realidad científica respaldada por la comunidad internacional: «Ignorar el cambio climático es irresponsable y es temerario, pone en riesgo nuestro futuro como sociedad y nuestro presente».
La ministra ha recordado que el Pacto Verde apuesta por mejorar nuestra resiliencia, la economía circular, una industria descarbonizada y un medio ambiente más saludable. También aboga por la equidad climática, impulsa la innovación y la creación de empleo y mejora la calidad de vida de los ciudadanos.
«El Pacto Verde significa más Europa, más seguridad, una Europa más fuerte ante el mundo, más segura y menos dependiente y más resiliente ante los efectos del cambio climático», ha remarcado.